Fuente: www.ultimasnoticias.com.ve
En la Gaceta Oficial 39.893 de fecha 28 de marzo aparece publicada la resolución del ministerio del Interior y Justicia mediante la cual se limita la distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas en todo el país durante la Semana Santa. Acá, cinco claves de la resolución:
1. La Ley Seca inicia este viernes 30 de marzo y estará vigente hasta el 8 de abril.
2. Los distribuidores, licorerías, supermercados y afines podrán vender licor los días 30 y 31 de marzo y 02, 03, 04 y 07 de abril en el horario comprendido de 11 am a 7 pm.
3. Las tascas, restaurantes y eventos públicos podrán expender los días 30 y 31 de marzo y 02, 03, 04 y 07 de abril en el horario comprendido de 12 m a 12 am.
4. Los días 01, 05, 06 y 08 no se venderá alcohol bajo ningún concepto y en ningún lugar.
5. Los organismos de seguridad del Estado tendrán la responsabilidad de vigilar los establecimientos y de colocar multas a los infractores.
1. La Ley Seca inicia este viernes 30 de marzo y estará vigente hasta el 8 de abril.
2. Los distribuidores, licorerías, supermercados y afines podrán vender licor los días 30 y 31 de marzo y 02, 03, 04 y 07 de abril en el horario comprendido de 11 am a 7 pm.
3. Las tascas, restaurantes y eventos públicos podrán expender los días 30 y 31 de marzo y 02, 03, 04 y 07 de abril en el horario comprendido de 12 m a 12 am.
4. Los días 01, 05, 06 y 08 no se venderá alcohol bajo ningún concepto y en ningún lugar.
5. Los organismos de seguridad del Estado tendrán la responsabilidad de vigilar los establecimientos y de colocar multas a los infractores.